Las diferencias entre un Perito y un Perito de Seguros I.R.D.

Juan Luis Pinero Manzanopor Juan Luis Pinero Manzano26 enero, 2023

En anteriores artículos de nuestro blog hemos hablado sobre la importancia de la figura del perito en las tasaciones, con el objetivo de complementar esta información, en este nuevo artículo, vamos a dar unas pinceladas sobre las diferencias entre un Perito, y el perito probablemente más famoso que hoy por hoy existe, el Perito de Seguros I.R.D.

¿Sobre qué hablaremos en este artículo?

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Trataremos de hacer esta información accesible para todos, y para ello os proponemos que imaginéis un escenario concreto:

En una vivienda situada en bloque, el vecino de la planta 1ª alerta al vecino de la planta 2ª que por el techo de su baño está cayendo agua. Rápidamente, el vecino de la planta 2ª corta el suministro de agua a su vivienda y procede a llamar a su seguro de hogar.

¿Ya estáis en situación? Perfecto, comenzamos.

¿Qué es un Perito de Seguros I.R.D.?

Tal y como ya hemos comentado en artículos anteriores, perito es toda persona que es experta en algo, sea lo que sea; posee conocimientos suficientes para poder fundamentar sus análisis y conclusiones.

Partiendo de este dato, ¿y si toca aplicar una póliza de seguros?, pues ya estamos en la figura del perito de seguros; ¿pero si además el seguro que por el que actúa es un seguro de daños, por ejemplo, de una vivienda – recordad escenario expuesto -?. Ya tenemos al Perito de Seguros I.R.D. (Incendio y Riesgos Diversos).

Incendio, porque es la garantía básica de cualquier póliza de daños (como consecuencia del incendio acaecido en Londres en 1710, donde resultaron arrasadas cerca de 13.200 viviendas , 89 iglesias y la Catedral de San Pablo, se fundó el “ Fire Office”, apareciendo así el seguro de incendios más antiguo del mundo)-; y riesgos diversos, porque aparecidas las pólizas en la garantía de incendio, poco a poco, se fueron añadiendo otras como daños por agua, robo, rotura de cristales, etc., englobándose en el concepto de “ diversos”.

Si aplicamos una lógica lineal, tenemos que un perito es una persona que es experta en algo, en nuestro caso, conocimiento sobre conducciones, resoluciones constructivas, etc.; que aplica la póliza de seguros de hogar del vecino de la 2ª planta – por lo que conoce las garantías contratadas, así como la aplicación de las mismas y muy importante, conocer la Ley 50/1980, de 8 de octubre de Contrato de Seguro; y que se trata de un siniestro de daños por agua, daño dentro de la calificación de diversos.

En resumen, es Perito de Seguros I.R.D., aquella persona que, con conocimientos de las causas del siniestro, aplica la póliza de seguros contratada y ley anteriormente citada y propone una cuantía de indemnización líquida – susceptible de reparación dependiente póliza y Cía. Aseguradora-.

Las funciones principales de un Perito de Seguros I.R.D.

Recordad o tener en cuenta el escenario antedicho: daños por agua vivienda 2ª planta con daños en vivienda 1ª planta.

Del texto indicado en el anterior punto, se pueden quizás definir las funciones. Para que podáis conocer el procedimiento, y así las acciones del Perito I.R.D., se establecen diferentes fases o pasos:

  1. El asegurado – entendiendo también como tal al Agente de Seguros-, abre siniestro por daños por agua.
  2. La compañía aseguradora designa un perito.
  3. Llega el encargo al perito que, normalmente por medios telefónicos, acuerda fecha y hora de visita para verificar el siniestro y daños causados, acordando igualmente que si existen terceros perjudicados estén presentes para verificar sus daños.
  4. Visita Pericial: El Perito I.R.D., entra en contacto con el siniestro, tomando fotografías, medidas, calidades, etc., y los daños a terceros y sus datos.
  5. Trabajo de despacho: Con la información obtenida en la visita, la póliza contratada por el Asegurado y ojo, sin perder de vista la ley aplicable antedicha, procede a realizar la valoración de daños y propuesta de indemnización líquida o reparación según póliza y Cía.

¿Cuál es la diferencia entre un Perito y un Perito de Seguros I.R.D.?

Llegados a este punto, podríamos indicar que, relacionado con un artículo anterior sobre la importancia del Perito en las Tasaciones, y todo el contenido que hemos plasmado, queda evidenciada la diferencia.

Como para muestra un botón, recordad el escenario, imaginaros que por la vivienda de la 1ª planta interviene un Perito, valora daños en falso techo referidos con lijado y lucido de falso techo y pintado; pero resulta que el Perito de Seguros  I.R.D., y aplicación de la garantía de Responsabilidad Civil y atendiendo al código correspondiente, le aplica una depreciación del 30,00 % por el estado del techo de baño.

Diferencia: el Perito de la vivienda inferior, valora daños, no aplica póliza, propone importe de reparación: pero el Perito de Seguros I.R.D., a pesar del perjudicado, debe aplicar la póliza y ley.

Y hasta aquí este nuevo e interesante artículo, que esperamos que haya sido de vuestro interés. Recordaros que nuestro equipo de profesionales queda a vuestra disposición en caso de que necesitéis realizar alguna consulta sobre nuestros servicios de peritación.

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