Coberturas Técnicas
¿Qué es una Valoración a efectos de Coberturas Técnicas?
LA VALORACIÓN QUE DETERMINA EL VALOR PATRIMONIAL ACTUAL CARA A TERCEROS
Tiene por objeto determinar el valor de mercado de aquellos inmuebles que componen el patrimonio de Entidades Aseguradoras, Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones, con una finalidad de reguladora, de supervisión y transparente cara a terceros con intereses en dichas instituciones.
Estas valoraciones están reguladas por la Orden ECO/805/2003, constando en su artículo 2:
b) Determinación del valor razonable a efectos del apartado 4 de la norma de registro y valoración segunda de la segunda parte del Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, aprobado por el Real Decreto 1317/2008, de 24 de julio, y determinación de la valoración de activos a efectos del artículo 68 de la Ley 20/2015, de 14 de julio de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras.
c) Determinación del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva inmobiliarias reguladas en el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, por el que se regula el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva.
d) Determinación del patrimonio inmobiliario de los Fondos de Pensiones regulados en el Real Decreto 304/2004, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones.
¿Quién necesita una Valoración a efectos de Coberturas Técnicas?
ASEGURADORAS, IIC Y FONDOS DE INVERSIÓN
Como ya hemos comentado, tanto Aseguradoras, IIC y Fondos de Inversión en el marco de la Orden ECO/805/2003 cara a determinar el valor de su patrimonio.
Otros Servicios de Valoración
¿Hablamos?
Comparte con nosotros tus inquietudes rellenando nuestro formulario y nos pondremos en contacto contigo para que nos cuentes cuáles son tus necesidades.