¿Tiene caducidad la tasación de un inmueble?

Nuria Muñozpor Nuria Muñoz13 julio, 2022

Si ya tienes un informe oficial de tasación de tu vivienda o si necesitas encargar un informe de valoración, seguro que te surgen dudas sobre la caducidad del mismo, esto es normal, ya que existen varias fechas relacionadas con la caducidad de un informe de tasación que es conveniente que tengas en cuenta.

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¿Cuál es la validez que tiene una tasación oficial? o ¿durante cuánto tiempo se podrá usar?.

A continuación te ayudaremos a resolver estas dudas sobre las distintas fechas de caducidad asociadas a un informe de tasación oficial. Debes comenzar sabiendo que la tasación oficial de un inmueble que exige el banco de España se realiza bajo el marco normativo de la Orden ECO/805/2003* y solo pueden ser emitidos por tasadoras certificadas bajo esta normativa.

La validez o caducidad del informe de tasación se fija en esta normativa y es de seis meses a contar desde la fecha de emisión. ¡Pero esto no es todo! A continuación, te explicamos en detalle todo lo que debes saber sobre la caducidad de un informe de tasación oficial:

¿Qué ocurre si se han superado los 6 meses de validez/caducidad de mi tasación inmobiliaria?

Superado dicho periodo la valoración quedará caducada y dejará de ser válida, por ejemplo, para la firma de un préstamo. Llegada esta situación, será necesario realizar un nuevo informe de tasación o actualización del mismo.

¿Qué otras caducidades no puedes olvidar durante la tramitación de un informe de tasación inmobiliario?

Otras de las caducidades que marca la citada normativa, y que de no cumplirse supondría un problema para la finalidad del préstamo hipotecario, es que entre la fecha de la visita del inmueble y la fecha en la que es emitida la tasación, no podrán haber transcurrido más de dos meses, excepto en los casos excepcionales y justificados o en valoración de los terrenos, que se eleva hasta los seis meses.

¿Existe caducidad para la documentación presentada para el informe de tasación?

Por último, también es importante que la documentación de certificación registral y/o nota simple utilizadas, estén expedidas dentro de los tres meses anteriores a la fecha de valoración.

Por todo ello, es importante controlar los tiempos de solicitud de la tasación, disponibilidad para la visita y vigencia de la documentación, debiendo tener en consideración las caducidades indicadas.

En este sentido, Gloval pone a tu disposición nuestra experiencia de más de 30 años en el sector para cualquier consulta y/o tipo de valoración que se necesite, disponiendo de bases de datos con un amplio estudio de ofertas de inmuebles y suelos, que se van renovando día a día actualizando sus datos.

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* Orden ECO/805/2003* de 27 de marzo sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, permite realizar valoraciones para las finalidades de garantía hipotecaria de créditos, cobertura de provisiones de aseguradoras, determinación del patrimonio de sociedades de inversión inmobiliaria y el patrimonio inmobiliario de fondos de pensiones, pero así mismo, esta normativa se utiliza de referencia para la realización de cualquier otra finalidad, como determinar el valor de mercado, repartos de herencia, valoración de patrimonios, etc…
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