Ayudas fiscales para programas de rehabilitaciónRD ley 19/2021


Como ya hemos comentado en anteriores artículos del Blog de Gloval, España tiene importantes retos en materia de rehabilitación y mejora del parque de viviendas. El parque de viviendas en España está caracterizado por una elevada antigüedad (más de la mitad se han construido antes de 1980, afectando a unos 9,7 millones de viviendas). Además, más del 81% de los edificios tienen una calificación energética E, F ó G en términos de emisiones de gases de efecto invernadero, aumentando hasta el 84,5% si hablamos de consumo energético.

Ayudas fiscales para programas de rehabilitación, RD ley 19/2021

Para alcanzar el objetivo a medio plazo definido por la Comisión Europea en el Pacto Verde, de llegar a una reducción del 55% de emisión de GEI para 2030 y la neutralidad climática en 2050, dentro del marco de la dinámica europea de renovación del parque inmobiliario, es necesario afrontar 300.000 rehabilitaciones anuales de vivienda.

Esto significa que en un periodo de 30 años prácticamente todas las viviendas deben realizar una actuación de rehabilitación que incorpore la descarbonización y la eficiencia energética, y contribuyan a mejorar la calidad, el estado de conservación, la accesibilidad y la digitalización de los edificios.

¿Existe algún tipo de ayudas para la rehabilitación energética de mi vivienda?

Para dar respuesta a este desafío, el Fondo de ayuda Next Generation de la UE permitirá movilizar un volumen de inversión sin precedentes, a través de subvenciones reguladas en el Real Decreto 853/2021.

Son ayudas destinadas a la mejora de la eficiencia energética, por la reducción de la demanda energética y del consumo de energía, y pueden llegar hasta el 80% de la cuantía de los costes incurridos y hasta 18.800 euros por vivienda.

Puedes aclarar las dudas sobre las ayudas reguladas a través del Real Decreto 853/2021 en éste artículo.

Además, se han establecido deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética reguladas en el RD ley 19/2021 a las que te puedes acoger hasta diciembre de 2023.

Ayudas fiscales de aplicación a las obras de rehabilitación

Real Decreto-Ley 19/2021

El Real Decreto-Ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”, surge como apoyo a las actuaciones de rehabilitación para la mejora energética, mediante la aplicación de medidas para fomentar la actividad: a través de tres mecanismos:

Mejoras en la Ley de Propiedad Horizontal

  • Mayoría simple en las actuaciones de rehabilitación
  • Plena capacidad jurídica de las comunidades de propietarios para solicitar créditos para rehabilitación
  • Contribución con todos los propietarios hasta un máximo anual
  • Trato preferente a los créditos para rehabilitación

Línea de avales con el ICO

  • Cobertura parcial de los préstamos de entidades financieras
  • Plazo de hasta 15 años
  • Importe máximo de 1.100 millones de euros

Incentivos fiscales. Deducciones en la cuota del IRPF

20% por reducir un 7% de la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda
  • Aplicación hasta el 31 de diciembre de 2022
  • Vivienda habitual o destinada a alquiler como vivienda habitual
  • Máximo de 5.000 € por vivienda
40% por reducir un 30% el consumo de energía primaria no renovable u obtención de calificación A ó B de vivienda
  • Aplicación hasta el 31 de diciembre de 2022
  • Vivienda habitual o destinada a alquiler como vivienda habitual
  • Máximo de 7.500 € por vivienda
60% por reducir un 30% el consumo de energía primaria no renovable u obtención de calificación A ó B del edificio
  • Aplicación hasta el 31 de diciembre de 2023
  • Edificios de uso residencial
  • Máximo de 15.000 € por vivienda
Fuente: MITMA

¿Qué tengo que hacer para poder ser beneficiario de estas ayudas?

Es necesario acreditar que se cumplen los requisitos para optar a las ayudas, para lo que se debe presentar documentos que justifiquen las reducciones de consumo de energía tras las obras de rehabilitación ó que se ha alcanzado la calificación A ó B, tal como se define en el RD ley 19/2021.

Para ello se deberá disponer, custodiar y presentar al órgano gestor de las ayudas la documentación justificativa que acredite el derecho del contribuyente a practicar la deducción (certificados de eficiencia energética expedidos y registrados con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio), así como el cálculo correcto de la base de deducción y las facturas de los importes satisfechos por la ejecución de las obras de rehabilitación.

GLOVAL es una empresa líder en el sector, que ofrece un servicio integral en todo el territorio nacional y dispone de profesionales expertos para la realización de los informes técnicos y económicos, y la gestión de las obras y solicitud de ayudas, lo que evitará problemas al tener que realizar la intervención de manera conjunta con diversos profesionales. Solicita más información en nuestra web.

GLOVAL realiza sus informes conforme a los estándares regulados por la normativa de aplicación, siendo elaboradas, revisadas y estudiadas por un grupo de especialistas con más de 30 años de experiencia.

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